Abogados de contencioso-administrativo en Granada
En López-Sidro Abogados somos abogados especialistas en contencioso-administrativo en Granada. Defendemos a particulares, funcionarios, empresas y comunidades de propietarios frente al Ayuntamiento de Granada y los ayuntamientos del área metropolitana, la Diputación de Granada, la Junta de Andalucía, la Universidad de Granada y la Administración General del Estado. Llevamos cada asunto desde el primer recurso administrativo hasta la sentencia firme, también en Málaga, Marbella y el resto de Andalucía.
El despacho lo dirige Joaquín López-Sidro, abogado en ejercicio desde 1996, que fue Director General de Administración Local de la Junta de Andalucía y miembro del Consejo Consultivo de Andalucía (2019-2022). Conocemos la Administración desde dentro, y eso se nota al preparar un pleito contra ella.
¿Qué es el recurso contencioso-administrativo?
Es la demanda que se presenta ante los tribunales cuando la Administración ha dictado un acto que le perjudica, no ha contestado a su solicitud (silencio administrativo) o actúa por la vía de hecho. Es el único camino para que un juez independiente revise lo que ha hecho la Administración y, en su caso, la anule, la obligue a actuar o la condene a indemnizarle.
En Granada estos pleitos se tramitan ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Granada y ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que tiene su sede en Granada. Cuando procede, recurrimos en apelación ante el TSJA y en casación ante el Tribunal Supremo. Puede consultar más detalles en nuestra guía sobre el recurso contencioso-administrativo.
Qué asuntos llevamos en Granada
- Urbanismo y disciplina urbanística: licencias, órdenes de demolición, expedientes de restauración de la legalidad, planeamiento y reparcelaciones. Vea también nuestro caso sobre expropiación del vuelo de un edificio.
- Responsabilidad patrimonial de la Administración: daños por el funcionamiento de los servicios públicos, caídas en la vía pública, asistencia sanitaria e inundaciones.
- Sanciones administrativas: multas municipales, sanciones de la Junta de Andalucía, de tráfico, medioambientales, de consumo y de extranjería.
- Función pública: oposiciones y concursos, interinos, trienios, complementos y reclamaciones de nómina de funcionarios.
- Contratación pública: exclusiones de licitaciones, adjudicaciones, facturas impagadas e intereses de demora.
- Expropiación forzosa y fijación del justiprecio.
- Tributos locales: IBI, plusvalía municipal, tasas e ICIO.
- Nulidad de actos administrativos y protección de derechos fundamentales frente a la Administración. Más información en nulidad de los actos de las Administraciones públicas.
Antes del juzgado: la vía administrativa
Muchos asuntos se ganan o se pierden antes de llegar al juzgado. Revisamos si procede un recurso de alzada o un recurso de reposición, calculamos bien los plazos administrativos y preparamos el expediente pensando ya en el posible juicio. Consulte nuestra guía de recursos administrativos.
Por qué elegirnos
- Despacho especializado en derecho administrativo, urbanismo y contencioso-administrativo en Granada.
- Experiencia dentro de la Administración autonómica y en el Consejo Consultivo de Andalucía.
- Estudio previo del caso con una valoración realista de las posibilidades de éxito y del riesgo de costas.
- Trato directo con el abogado que lleva su asunto, de principio a fin.
- Actuación ante todos los juzgados y tribunales de Andalucía, la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo.
Cómo trabajamos
Primero analizamos la resolución y el expediente administrativo. Después le explicamos con claridad las opciones, los plazos, los costes y las posibilidades de éxito. Si decide seguir adelante, preparamos la demanda, solicitamos medidas cautelares cuando es necesario (por ejemplo, para suspender una demolición o una sanción), proponemos la prueba pericial y documental adecuada y le mantenemos informado hasta la sentencia y, en su caso, la apelación o la casación.
Preguntas frecuentes sobre el contencioso-administrativo
¿Cuánto tiempo tengo para demandar a la Administración?
El plazo general es de dos meses desde el día siguiente a la notificación de la resolución que pone fin a la vía administrativa. Es un plazo de caducidad: si se pasa, se pierde la posibilidad de recurrir. Consúltenos cuanto antes.
¿Y si la Administración no me contesta?
El silencio administrativo no le deja indefenso. Según el caso, puede entenderse estimada o desestimada su solicitud, y podemos acudir al juzgado para que la Administración resuelva o para que se reconozca su derecho.
¿Si pierdo tengo que pagar las costas?
En primera instancia rige el criterio del vencimiento, aunque los tribunales pueden no imponerlas si el caso presenta serias dudas y suelen fijar un límite máximo. Le informamos del riesgo antes de empezar.
¿Necesito procurador?
Ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Granada la representación puede asumirla el propio abogado. Ante el TSJA y el Tribunal Supremo es necesario procurador, y nos encargamos de coordinarlo.
¿Llevan asuntos fuera de Granada?
Sí. Tenemos presencia en Granada, Málaga y Marbella, y actuamos en toda Andalucía y, cuando es necesario, ante el Tribunal Supremo y la Audiencia Nacional.
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